mayo 06, 2024

La corrida de Pablo Hermoso viola la ley taurina del estado de México.

 

Por: Nicolás Gochy

La corrida de toros que pretende llevar a cabo la empresa Tauroarte el próximo domingo 17 de enero en la Villa Charra de Toluca y donde se presentará el tortero a caballo Pablo Hermoso de Mendoza viola por lo menos tres artículos contemplados en el reglamento de los espectáculos taurinos del estado de México, ordenamiento que data del año de 1947 pero que está vigente y es de observancia en la entidad gobernada por Eruviel Ávila Villegas.

 

El primer artículo que la empresa está violando flagrantemente es el que se enlista en el artículo 12 del ordenamiento que refiere textualmente: “El espectáculo taurino se divide en tres categorías: Corridas de Toros, Novilladas y Festivales Taurinos o Becerradas. Las empresas tendrán obligación, en cada caso, de anunciar con toda claridad la categoría del espectáculo que ofrezcan al público.

Esto no lo cumple la empresa la cual en toda la publicidad que ha colocado en la ciudad a través de pendones, y bardas pintadas nunca se anuncia que tipo de espectáculo se trata, de hecho el propio alcalde de la capital Fernando Zamora Morales dijo desconocer que tipo de espectáculo era.

El siguiente artículo que la empresa pretende violentar es el 53 del reglamento vigente en la materia y que estipula “Serán consideradas como ganaderías de cartel en el Estado de México las reconocidas oficialmente por el Departamento del Distrito Federal las españolas o portuguesas de reconocido prestigio con su antigüedad ya registrada. Son ganaderías de cartel en México, Distrito Federal, por riguroso orden de antigüedad, la siguientes: Atenco; San Diego de los Padres; Santín; Parangueo; Peñuelas; Piedras Negras; Atlanga; Sinkeuel; Zotoluca; La Laguna; Ajuluapan; San Mateo; Coaxamalucan; Xajay; Zacatepec; Rancho Seco; la Punta; Quiriceo; Torrecilla; Ibarra-Cerralvo: Ayala; Carlos Cuevas; Juan Aguirre; Heriberto Rodríguez; Torreón de Cañas; Matancillas y Pastejé.

El cartel que anuncia el evento taurino señala que el encierro procede de la ganadería Francisco Cordero, ganadería que no está incluida en el ordenamiento que el gobernador mexiquense ha jurado cumplir y hacer cumplir bajo su mandato.

Esta misma restricción se aborda de nueva cuenta en el artículo 62 que a la letra dice: “Las reses que se lidien en corridas de toros deberán reunir los siguientes requisitos: I. Proceder de ganadería de cartel en México, Distrito Federal, o de vacada española o portuguesa de reconocido prestigio”.

 

El ordenamiento legal vigente establece sanciones bien definidas al respecto y señala que en el caso de la empresa esta se puede hacer acreedora a las siguientes: “Por infracciones cometidas por la empresa, incluyendo también como tales las relativas a las condiciones que deben reunir las plazas de toros, multa de cincuenta a mil pesos o retiro, en caso extremo, de la licencia para seguir celebrando corridas o novilladas.”

 

Hasta el momento, el ordenamiento legal identificado como Reglamento de los espectáculos taurinos en el Estado de México es un documento que en la página oficial Legisltel se identifica como un reglamento vigente y de observancia obligatoria en todo el territorio estatal.

 

 

La asociación civil ALBA ha anunciado una serie de manifestaciones para buscar el evitar que este espectáculo se lleve a cabo. 

         

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